SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0437/2025-S4
Fecha: 08-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene fotocopia de memorial de 17 de junio de 2009, dirigido al Fiscal de Familia de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz, por el cual, Grisel Paola Huanca Sillerico formuló denuncia contra David Marco Larico Choquetarqui, por violencia intrafamiliar y expulsión de hogar (fs. 4).
II.2. Por memorial de 7 de febrero de 2011, presentado al Ministerio Público de la División Familia de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz, la ahora accionante denunció abandono de familia contra el hoy demandado (fs. 5 y vta.).
II.3. A través de citación efectuada por el Ministerio Público el 14 de abril de 2008, el Fiscal de Materia de Turno de Familia y Menores de la ciudad de El Alto del departamento de La Paz, emplazó al ahora demandado a una audiencia de declaración dentro de la denuncia presentada por la hoy impetrante de tutela, por problemas familiares (fs. 6).
II.4. Mediante memorial presentado el 12 de marzo de 2025, al ahora demandado contestó demanda de asistencia familiar formulada por Grisel Paola Huanca Sillerico, solicitando homologación de acuerdo transaccional por asistencia familiar (fs. 19 a 20).
II.5. Por memorial presentado el 11 de marzo de 2025, el hoy demandado respondió a recurso de apelación formulado por Grisel Paola Huanca Sillerico contra la Sentencia 278/2025 de 18 de febrero, dictada por la Jueza Pública de Familia Décimo Primera de El Alto del departamento de La Paz, dentro del proceso de divorcio seguido por la ahora solicitante de tutela contra el hoy demandado (fs. 23 a 24).