SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2025-S4
Fecha: 13-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Auto definitivo 503 de 29 de junio de 2021, la Jueza Pública Civil y Comercial Octava del departamento de Santa Cruz, declaró clausurado definitivamente el proceso de liquidación, el archivo de obrados y la extinción de la personalidad jurídica del Banco Sur S.A. en Liquidación; así como, otras determinaciones (fs. 46 a 48) y por Autos 553 y 554 de 2 de agosto del 2021, se complementó el referido Auto definitivo (fs. 49 a 50 vta.).
II.2. Mediante Auto de Vista 204/2022 de 5 de abril, se anuló el Auto 503 de 29 de junio de 2021 y sus Autos complementarios 553 y 554, ambos de 2 de agosto del mismo año (fs. 51 a 53 vta.); y, por Auto de 3 de junio del 2022, se rechazó la solicitud de complementación y enmienda, presentada por Iván Boris Cabrera Aguilar (fs. 55 y vta.)