SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2025-S2

Fecha: 23-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.    Por memorial presentado el 18 de marzo de 2025, Paola Sofía Flores Dávila -ahora parte accionante-, puso en conocimiento de Sergio Jhonny Cuellar Chávez, Fiscal de Materia asignado al proceso penal instaurado en su contra a denuncia de Reynaldo Macedonio Zambrana Condori -su excónyuge-, con Código Único de Denuncia (CUD) 201102012500163, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, que el mencionado, padre de los menores de edad AA, BB y CC, es quien llevó adelante actos de agresión en contra de los mismos, quienes refirieron que: “…`mi papá me ha empujado, me ha hecho sangrar, aquí en mi cabeza, era solo un rasguñito pero me ha sangrado mucho´ `después de esto me ha seguido riñiendo y no le ha importado´…” (sic); por lo que, solicitó se remita todos los antecedentes a la FELCV para que se proceda con los actos investigativos correspondientes (fs. 2 a 3 vta.).

II.2.    A través del proveído de 19 de marzo de 2025, el Fiscal de Materia, en respuesta al memorial presentado por la parte accionante el 18 del mismo mes y año, dispuso que: “Siendo un hecho distinto, al hecho que se encuentra investigando, la impetrante de tutela debe acudir ante la instancia correspondiente, sin perjuicio a dicho extremo remítase copia legalizada del presente memorial y el medio magnético a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, para que por su unidad correspondiente disponga lo que en derecho corresponda, sea con nota de atención” (sic [fs. 4]).

II.3.    Mediante Resolución de Rechazo 28/2025 de 27 de marzo, el Fiscal de Materia, resolvió rechazar la denuncia penal antes descrita, y dispuso ponerla en conocimiento de la autoridad que ejerce el control jurisdiccional; es decir, del Juez de Instrucción Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Quinto de la Capital del departamento de La Paz (fs. 95 a 104).