Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2025-S1
Fecha: 16-May-2025
II. CONCLUSIÓN
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. No cursa ninguna documentación referida a las actuaciones que motivaron la presente acción de libertad; sin embargo, de la problemática planteada será resuelta a partir de lo verificado por la Jueza de garantías, y que fue consignado en su Resolución, venida en revisión (fs. 17 vta. a 18 vta).