SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2025-S1

Fecha: 23-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Sentencia de Procedimiento Abreviado 25/2022 de 3 de noviembre, emitido por Gladys Bacarreza Morales, Jueza de Sentencia Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Primera de la Capital del departamento de La Paz -hoy accionada-; por la cual se declaró a Jhonatan German Felipez Baldivieso -ahora accionante- autor del delito de violencia familiar o doméstica, imponiéndole la pena privativa de libertad de tres años a cumplir en el Centro Penitenciario San Pedro del referido departamento.

           Posterior a ese actuado procesal el accionante a través de su abogado solicitó a la Jueza ahora accionada la ejecutoria de la Sentencia de Procedimiento Abreviado 25/2022, siendo previsible de que se aplique lo establecido por el art. 76.I.1 de la Ley 348 en cuanto a las sanciones alternativas y que una vez dispuesta se pueda ordenar la extensión del mandamiento de libertad.

           En respuesta la Jueza hoy accionada, señaló que previamente se debía notificar a todas las partes procesales y poner en conocimiento de la víctima; por lo que, no ha lugar a su solicitud (fs. 12 a 13 vta.).

II.2.    Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2022, ante la Jueza ahora accionada; el accionante solicitó la aplicación de sanciones alternativas, para lo cual se señale día y hora de audiencia (fs. 6 a 8 vta.).

II.3.    Consta Resolución 365/2022 de 13 de noviembre, dentro de la acción de libertad interpuesta por el accionante contra el Jueza hoy accionada; por la que, se denegó la tutela solicitada; ya que, el accionante debió formular los recursos que por ley le corresponde al momento de la suspensión de la audiencia -de aplicación de sanciones alternativas- y no convalidar la misma; ya que, se dispuso esté a los datos del proceso; es decir, al señalamiento de audiencia establecido por la referida Jueza (fs. 31 a 33).

II.4.    Mediante memorial presentado el 25 de noviembre de 2022, ante la Jueza hoy accionada; el accionante formuló recurso de reposición contra el decreto de 21 de ese mes y año, solicitando se revoque el mencionado decreto que fijó audiencia para salidas alternativas, debiendo reponer disponiendo la aplicación de sanciones alternativas (fs. 2 a 5).