SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2025-S1
Fecha: 30-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto Interlocutorio 261/2021 de 20 de diciembre, que dispuso modificar la situación jurídica procesal del imputado José Luis García Pillco -ahora impetrante de tutela-, a la detención domiciliaria, el arraigo, fianza económica de Bs50 000.-(cincuenta mil bolivianos 00/100), presentación cada día lunes y la prohibición de acercarse al lugar de los hechos y a las víctimas (fs. 3 a 6).
II.2. Consta Auto Interlocutorio 206/2022 de 19 de octubre, que dispone denegar la solicitud de modificación de la medida cautelar de fianza económica solicitada por José Luis García Pillco -ahora demandante de tutela- (fs. 9 a 12).