SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0471/2025-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2025-S1

Fecha: 19-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa el Memorándum Cite 272/2008 de 11 de septiembre, emitido por Fidel Herrera Ressini, Alcalde Municipal de Sucre, por el cual comunicó a Nelson Méndez Sotiz -ahora solicitante de tutela- que fue designado en las funciones de “ENCARGADO DE AREA DE CONTROL DE DESARROLLO URBANO” (sic), dependiente de la Jefatura del Departamento de Administración Urbana y Rural, con el “ítem 226” (fs. 4).

II.2.    Consta el “MEMORANDUM RATIFICACION” Cite 04/011 de 1 de febrero de 2011, emitido por Verónica Berrios Vergara, Alcaldesa Municipal de Sucre, por el cual comunicó al ahora accionante que fue ratificado para cumplir las funciones de “ENCARGADO AREA DE CONTROL DE DESARROLLO URBANO” (sic), dependiente de la Oficialía Mayor Técnica, con el “ítem 226” (fs. 5).

II.3.    Cursa la “COMUNICACIÓN INTERNA” CITE: S.M.O.T. RR.HH. 154/17 de 14 de noviembre de 2017, emitida por Iván Jorge Arciénega Collazos, Alcalde Municipal del GAM de Sucre, por el cual comunicó al impetrante de tutela que a partir de esa fecha desempeñaría las funciones de “RESPONSABLE DE GEOREFERENCIACION DE LA JEFATURA DE CATASTRO MULTIFINALITARIO” (sic), dependiente de la Dirección de Regularización Territorial-Secretaría Municipal de Ordenamiento Territorial, con su mismo contrato y nivel salarial (fs. 6).

II.4.    Consta la “COMUNICACIÓN INTERNA” CITE: SMOT 248/2019 de 19 de septiembre, emitida por Efraín Vivancos Gutiérrez, Secretario Municipal           de Ordenamiento Territorial del GAM de Sucre, por el cual instruyó al ahora peticionante de tutela que a partir de esa fecha desempeñaría las funciones de “TECNICO DE REGULARIZACION FISICA MUNICIPAL 6” (sic), en la Dirección de Regularización de Derecho Propietario, misma que está bajo la dependencia de la Secretaría Municipal de Ordenamiento Territorial, con su mismo ítem y nivel salarial (fs. 7).

II.5.    Cursa la “COMUNICACIÓN INTERNA” CITE: SMOT 76/2021 de 5 de julio, emitida por Ives Rolando Rosales Sernich, Secretario Municipal de Ordenamiento Territorial del GAM de Sucre, por el cual instruyó al ahora  impetrante de tutela que a partir de esa fecha debería desempeñar las funciones de “TECNICO DIGITALIZADOR-JEFATURA DE CATASTRO MULTIFINALITARIO de la DIRECCION                              DE REGULARIZACION TERRITORIAL” (sic), dependiente de la Secretaría Municipal de Ordenamiento Territorial, con su mismo ítem y nivel salarial (fs. 8).

II.6.    Consta el Memorándum Cite. RR.HH. 21/2022 de 28 de enero, emitido por Ives Rolando Rosales Sernich, “SECRETARIA MUNICIPAL ORDENAMIENTO TERRITORIAL” (sic), dirigido al ahora impetrante de tutela, por desvinculación laboral, indicando que “…se PRESCINDE de los servicios que viene prestando en la institución en el cargo de Responsable de administración urbana rural, dependiente de la Secretaría Municipal de Ordenamiento Territorial, con el “ítem 226”               (sic [fs. 3]).

II.7.    Cursa la Resolución Administrativa J.D.T.CH.-R.A.R. 071/22 de 12 de abril de 2022, emitida por Lizeth Cahuaya Serrudo, ex Jefa Departamental de Trabajo de Chuquisaca, por la cual rechazó por improcedente la denuncia de reincorporación presentada por Nelson Méndez Sotiz -ahora demandante de tutela- y declinó competencia a la instancia jurisdiccional a efectos de que sea ésta quien determine la primacía de los derechos          (fs. 128 a 131).

II.8.    Consta memorial de 14 de abril de 2022, dirigido a la “SEÑORA JEFE DEPARTAMENTAL DEL TRABAJO CHUQUISACA ABOG. LIZETH CAHUAYA SERRUDO – caso N° 04791/22” (sic), por el cual el ahora solicitante de tutela interpuso recurso de revocatoria en contra de la Resolución Administrativa J.D.T.CH.-R.A.R. 071/22 (fs. 133 a 144).

II.9.    Cursa la Resolución Administrativa J.D.T.-CH.- 117/22 de 16 de mayo de 2022, emitida por Mayra Alejandra Navarro Valda, Jefa Departamental de Trabajo de Chuquisaca, por la cual rechazó el recurso de revocatoria presentado por el ahora peticionante de tutela, en consecuencia confirmó la Resolución Administrativa J.D.T.CH.-R.A.R. 071/22 de 12 de abril de 2022 (fs. 146 a 148).

II.10.  Consta el escrito de 23 de mayo de 2022, dirigido al “SEÑOR JEFE DEPARTAMENTAL DEL TRABAJO CHUQUISACA ABOG. MAYRA NAVARRO VALDA – caso N° 04791/22” (sic), por el cual el ahora impetrante de tutela interpuso recurso jerárquico contra Resolución Administrativa J.D.T.-CH.- 117/22 (fs. 149 a 160 vta.).

II.11.  Mediante Resolución Ministerial 1069/22 de 12 de septiembre de 2022, Verónica Patricia Navia Tejada, Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, confirmó totalmente la Resolución Administrativa J.D.T.CH.-R.A.R. 071/22 de 12 de abril de 2022, que resolvió “RECHAZAR POR IMPROCEDENTE LA DENUNCIA DE REINCORPORACIÓN, PRESENTADA POR EL IMPETRANTE Sr. NELSON MÉNDEZ SOTIZ EN CONTRA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SUCRE, y en merito a los motivos y fundamentos esgrimidos se DECLINA COMPETENCIA A LA INSTANCIA JURISDICCIONAL A EFECTOS DE QUE SEA ESTA QUIEN DETERMINE LA PRIMACÍA DE DERECHOS” (sic), ambos actos administrativos emitidos por la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca (fs. 162 a 166).