SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2025-S3
Fecha: 08-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante memorial de 16 de septiembre de 2022, la autoridad fiscal demandada informó al Juez de la causa el inicio de investigación, presentando Resolución de Imputación Formal, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra Cesar Marcos Tola Paxi -ahora accionante-, con CUD 201503022201209, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, tipificado en el art. 272 Bis del Código Penal (CP), requiriendo su detención preventiva por cuatro meses (fs. 5 a 7).
II.2. Por memorial presentado el 18 de octubre de 2022, el impetrante de tutela haciendo conocer su aceptación de acogerse a procedimiento abreviado admitió su participación en el hecho delictivo de violencia familiar o doméstica, solicitando en consecuencia que la autoridad demandada, emita resolución fundamentada solicitando el procedimiento abreviado (fs. 8 a 11).
II.3. En respuesta, el 19 de octubre de 2022, la autoridad demandada determinó que el procedimiento abreviado es intrínsecamente una acusación que debe contar con los suficientes elementos probatorios, por lo que, previamente se debe realizar los actos investigativos pendientes, luego de ello se dispondrá lo que en derecho corresponda (fs. 12).
II.4. Mediante memorial de 24 de octubre de 2022, el impetrante de tutela reiteró solicitud de resolución de procedimiento abreviado, requiriendo la autoridad demandada el 25 de igual mes y año, que el impetrante se esté a lo señalado en la Resolución de 19 de octubre de referido año (fs. 13 a 15).