SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2025-S3

Fecha: 08-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Del acta de audiencia virtual de 27 de octubre de 2022, de consideración de la presente acción tutelar, se tiene que la autoridad demandada, no presentó informe escrito ni concurrió a la audiencia de garantías pese a su legal notificación por WhatsApp (fs. 9; y, 14 a 15 vta.).

II.2.    De la Resolución 33/2022 de 27 de octubre, se tiene que el Juez de garantías, a partir de la documentación enviada por la autoridad demanda vía WhatsApp, concluyó que el Juez demandado ya remitió el expediente, motivo por el cual denegó la tutela impetrada (fs. 16 a 18 vta.).

II.3.    La accionante -luego de celebrada la audiencia de esta acción tutelar- a través del memorial de 7 de noviembre de 2022, denunció ante el Juez de garantías que la remisión extrañada no fue efectivizada, sólo se realizó por el sistema; sin que, hasta la fecha de presentación de ese memorial de reclamo, la autoridad judicial demandada hubiese remitido los antecedentes físicos para la consideración y resolución del recurso de apelación que formuló (fs. 19 y vta.).

II.4.    El Juez de garantías por decreto de 8 de noviembre de 2022, determinó “Estése a la Resolución 33/2022 de 27 de octubre, sin perjuicio arrímese a sus antecedentes” (fs. 20), disponiendo la remisión de los antecedentes de esta acción por oficio de 22 de noviembre de 2022, remisión que fue efectivizada el 9 de diciembre del mismo año (fs. 23 y vta.).