SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2025-S1
Fecha: 02-May-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 29/2022 de 16 de noviembre, cursante de fs. 15 vta. a 16, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto a los derechos a la libertad, al debido proceso y al principio de celeridad, en la modalidad de acción de libertad innovativa, al haberse ya señalado la audiencia extrañada, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en éste fallo constitucional.
2º DENEGAR la tutela solicitada, con relación al derecho a la defensa, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
3° Exhortar a Roberto Raúl Arias Sejas, Juez de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz que en futuras actuaciones, tome en cuenta los fundamentos jurídicos citados en este fallo constitucional y actúe cumpliendo los plazos establecidos por el art. 239 del Código de Procedimiento Penal, frente a las solicitudes de cesación de la detención preventiva, para que no continue incurriendo en dilaciones indebidas.
4º Llamar la atención al Tribunal de garantías por lo manifestado en la última parte del presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca