SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2025-S4
Fecha: 02-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Mediante Auto Interlocutorio de 27 de julio de 2022, la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de Quillacollo del departamento de Cochabamba, rechazó el incidente de extinción de la acción penal por prescripción, planteado por Luis Héctor Nina Achacollo –hoy accionante–, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el nombrado y otro, por la presunta comisión del delito abuso sexual (fs. 6 a 8).
II.2. A través del Auto de Vista de 10 de noviembre de 2022, los Vocales de la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba –ahora demandados–, ante el recurso de apelación incidental interpuesta por el impetrante de tutela; resolvieron en confirmar Auto Interlocutorio de 27 de julio de igual año; siendo la citada Resolución de alzada notificada al solicitante de tutela el 16 de enero de 2023 (fs. 9 a 14 vta.; y, 15).
II.3. Por Auto Interlocutorio de 2 agosto de 2022, la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de Quillacollo del departamento de Cochabamba; dispuso la aplicación de medidas cautelares personales contra el accionante conforme a los incisos a), c) y d) del art. 288 del CNNA (fs. 37 vta. a 39 vta.).
II.4. Cursa Acta de Suspensión de Audiencia de 17 de febrero de 2023; por el cual, la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de Quillacollo del departamento de Cochabamba, suspendió dicho verificativo de juicio oral, por no haberse presentado los testigos del accionante al mismo, señalando nuevo acto procesal de juicio oral para el 3 de marzo de 2023 (fs. 2 a 3).