SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0416/2025-S3
Fecha: 22-May-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por la Mutualidad del Poder Judicial y Ministerio Público contra Wálter Camargo Durán, Hugo Sánchez Loza, Luis Enrique Vargas Lemaitre y Milton Campos Canizares -accionantes-, por la presunta comisión del delito de estafa con agravación de víctimas múltiples; mediante Auto Interlocutorio de 29 de julio de 2022 -dictado en cumplimiento del Auto de Vista de 11 de julio de 2022, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que revocó el Auto de 8 de febrero de 2022, que resolvía la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, declarándola fundada-, la Jueza de Sentencia Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Cochabamba, declaró también fundada la citada excepción, declarando extinguida la acción penal (fs. 621 a 624 vta.).
II.2. A través de memorial presentado el 8 de septiembre de 2022, la Mutualidad del Poder Judicial y Ministerio Público dedujo recurso de apelación incidental impugnando el Auto de 29 de julio de 2022, precedentemente descrito (fs. 625 a 628 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- II.3. Por Auto de Vista de 18 de noviembre de 2022, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, se resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Mutualidad del poder Judicial y Ministerio Públi