SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2025-S
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2025-S

Fecha: 08-May-2025

II. CONCLUSIÓN

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa únicamente la demanda de esta acción tutelar, y la ampliación en la audiencia de garantías, por el cual, el ahora accionante denuncia que dentro el proceso penal signado con Número CUD 2011020123505 en la que se apersonó como “denunciante y víctima”, el Juez demandado declaró infundado su incidente de nulidad de notificación, señalando que es su persona quien causa su propia autoindefensión, al indicar que cuenta con los medios necesarios para ejercer su defensa material, y que no sería cierto que se encuentra incomunicado (fs. 2, y, 5 vta. a 6 vta.).