SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2025-S2
Fecha: 23-May-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve CONFIRMAR en parte la Resolución 039/2023 de 16 de marzo, cursante de fs. 504 a 508 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, únicamente con relación a la debida fundamentación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso; en los términos asumidos por la citada Sala Constitucional;
2° DENEGAR la tutela impetrada respecto al derecho al trabajo y a la protección de la familia, cuestionados en esta acción tutelar;
3° Disponer que, por Secretaría General de este Tribunal, se proceda a la remisión de una copia legalizada de esta Sentencia Constitucional Plurinacional a la Policía Boliviana, a efectos de que los miembros de los Tribunales Departamentales y Superiores, en lo posible, sean conformados por profesionales abogados; y,
4° Exhortar a la citada Sala Constitucional a tener mayor cuidado en la tramitación de las causas puestas a su conocimiento, conforme a lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Boris Wilson Arias López
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA