SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2025-S4

Fecha: 13-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Se tiene captura de pantalla del SIREJ; en el cual, consta un proceso penal con NUREJ 201435945 seguido a instancia del Ministerio Público, por la comisión del delito de conducción peligrosa de vehículos, cuyo denunciado es Carmelo Ariel Soruco Dalence –hoy accionante–, proceso iniciado ante el “Juzgado de Instrucción Penal cautelar 3” (sic) el 26 de agosto de 2014; cuyo último actuado es “ACUSACION FORMAL (Juzgado de Sentencia por Flagrancia)” (sic) de 12 de junio de 2015 (fs. 9).

II.2.  Cursa reporte del SIREJ, respecto a proceso penal con NUREJ 201435945; con tipo de proceso “Conducción peligrosa de vehículos”, cuya fecha de recepción es el 26 de agosto de 2014; e, indica como “lugar asignado al caso en el reparto” al “Juzgado de Sentencia 5” (sic), proceso penal seguido de oficio por el Ministerio Público contra Carmelo Ariel Soruco Dalence, hoy accionante, como detenido (fs. 10).

II.3.  Por informe de la Secretaria del Juzgado de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz, de 4 de octubre de 2022, elevado a la Jueza del referido Juzgado, indica que de la revisión del SIREJ, la causa se encuentra remitido a ese despacho; empero, de la revisión de causas nuevas del año 2014, 2015, 2016, 2017 en adelante no se encuentra registrada la presente causa con NUREJ 201435945; y tampoco fue recepcionada por sistema en dicho Juzgado; es decir, no habría sido recibido por sistema ni en físico; por lo que, nunca radicó el expediente en dicho Juzgado. Y por decreto de la misma fecha la Jueza de dicho Juzgado, ordenó remitir el mencionado informe al Tribunal de garantías en la presente acción de defensa; así como, los libros de causas nuevas de 2014, 2015, 2016 y 2017 a efectos de su verificación; y, por nota de 5 de octubre de 2022 se remitieron los mismos al indicado Tribunal (fs. 11 a 13).

II.4.  Por oficio 703/2022 de 4 de octubre de 2022, el Tribunal de garantías solicitó el cuaderno procesal con NUREJ 201435945 al Juzgado de Instrucción Penal Tercero del departamento de Santa Cruz –ahora demandado–, para la audiencia de la presente acción de defensa; mismo que, habría sido notificado vía WhatsApp, según informe evacuado por el gestor de la Oficina Gestora de Procesos Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 23 a 25).