SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2025-S2

Fecha: 23-May-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante Auto Interlocutorio 11/2021 de 19 de marzo, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, por unanimidad, dispuso conceder la cesación a la detención preventiva de Cristian Fernández Mamani -hoy accionante-, debiendo aplicar medidas “sustitutivas” a la misma señaladas en el art. 231 bis del CPP a efectos de garantizar la presencia del prenombrado hasta la conclusión del proceso, ordenando su detención domiciliaria con escolta, el deber de prestar una fianza económica en la suma de Bs80 000.- y su arraigo nacional (fs. 8 a 12).

II.2.  Por Auto de Vista 747/2022 de 17 de octubre, Henry David Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -hoy demandado-, admitió el recurso de apelación incidental interpuesto por el impetrante de tutela y confirmó el Auto Interlocutorio 240/2022 de 31 de agosto emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Sexto de la Capital del referido departamento, mismo que declaró infundada su solicitud de modificación de medidas cautelares de carácter personal; con el argumento de inasistencia del prenombrado a la audiencia de fundamentación y la no justificación de su abogado de dicha inasistencia (fs. 28 a 29 vta.).

II.3.  Cursa un CD en el que consta un video, donde se muestra la audiencia de fundamentación de recurso de apelación incidental de 17 de octubre de 2022. En dicho acto procesal, a tiempo de nombrar a las partes, Michael Adolfo Riveros Revollo se identificó en representación del accionante (fs. 27 vta.).