SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2025-S3

Fecha: 18-Jun-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por Auto de 19 de mayo de 2022, Ximena Julia Gutiérrez Gonzáles, Jueza Pública Civil y Comercial Vigésima de la capital del departamento de La Paz -ahora demandada- dispuso la aplicación de medida cautelar de retención de fondos de la cuenta fiscal de la Caja de Salud de Caminos y R.A. -hoy accionante-, en la suma de Bs240 576.- bajo absoluta responsabilidad del demandante -“Escuela Radiofónica FIDES” Clínica FIDES, ahora tercero interesado-. Decisión notificada a la parte impetrante de tutela el 5 de octubre de igual año (fs. 45 a 47).

II.2.    El 7 de octubre de 2022, la parte peticionante de tutela presentó recurso de reposición bajo alternativa de apelación contra el precitado Auto, que luego de correrse en traslado mediante decreto de 11 de ese mes y año, mereció Auto de 19 de igual mes y año, por el que la autoridad demandada rechazó el recurso de reposición bajo alternativa de apelación planteado, concediendo la alzada en el efecto devolutivo ante el Tribunal superior (fs. 48 a 51 vta.).

II.3.    A través de memorial presentado el 27 de octubre de 2022, la parte accionante interpuso recurso de apelación contra el Auto de 19 de ese mes y año (fs. 52 a 55).