SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0654/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2025-S3

Fecha: 30-Jun-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  A través del escrito de enero de 2023 -no señala el día-, los accionantes a través de su representante, hicieron conocer al Juez de garantías, el retiro de la acción de libertad interpuesta, al haberse perdido el objeto de la misma, solicitando se admita y sea con todas las formalidades de ley (fs. 11).

II.2.  En el acta de audiencia de garantías de 20 de enero de 2023, se evidencia la transcripción de lo expresado por la autoridad jurisdiccional que actualmente conoce el caso formulado por los peticionantes de tutela, en su acción de defensa; y entre los aspectos más relevantes, refirió que: 1) El Ministerio Público remitió la resolución de imputación formal “…el día de ayer en horas de la madrugada…” (sic), y mediante providencia, señaló día y hora de audiencia a objeto de considerar la situación jurídica de los imputados -ahora impetrantes de tutela-, para el 19 del mismo mes y año, a horas 14:00; empero, por motivos de salud no se efectuó dicho actuado procesal; y, 2) En mérito a dicha situación, se designó a un Juez suplente, quien fijó audiencia de medidas cautelares de carácter personal, para horas 15:00, la misma que: “…se está desarrollando en este momento y en tal sentido pido que se tome en consideración estos extremos para que se pueda denegar la tutela requerida por parte de los accionantes…” (sic [fs. 17 y vta.]).