SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2025-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2025-S2

Fecha: 02-Jun-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Por memorial presentado el 16 de febrero de 2023, Vicenta Santos Rivera de García y Sabas García Calderón -accionantes- pidieron a Gonzalo Alejandro del Carpio Krayasich, Director de Ordenamiento Territorial del GAM de Tarija -demandado-, extienda a su favor: 1) Fotocopias legalizadas de los Informes Técnicos: URB.-681/R.C.-112/2022 de 30    de noviembre; URB. 333/J.G.M. 062/2022 de 10 de junio; URB.- 651/R.C.-106/2022 de 22 de noviembre; URB.-858.-M.E.B.-158/2021 de 30 de noviembre; y, D.T.M.-097/K.V.-18/2020 de 28 de diciembre; 2) El respeto de los lineamientos aprobados en los citados Informes   Técnicos; ante la existencia de una construcción que los desconoce y que invade la vía pública 22 m, por lo que debe iniciarse y concluir proceso de construcción clandestina que termine en demolición de esa construcción; y, 3) Audiencia para tratar lo expuesto precedentemente; solicitud que fue reiterada el 22 de febrero de 2023 (fs. 10 a 11 y 12 a 13).  

II.2.  Cursa Informe Técnico URB.- 167/R.C.-032/2023 de 6 de abril, suscrito por el demandado y otros (fs. 18 y vta.).

II.3.  Se tiene diligencia de notificación sentada a horas 10:30 del 10 de abril de 2023, por Severino Siñahui Merlo, Inspector de la Dirección de Ordenamiento Territorial del GAM de Tarija; a través de la cual, notificó   a los impetrantes de tutela en el domicilio procesal: Oficina Jurídica Consorcio de Abogados, con el          Informe Técnico URB.- 167/R.C.-032/2023, adjuntando fotocopias legalizadas de los Informes Técnicos: URB.-681/R.C.-112/2022; URB. 333/J.G.M. 062/2022; URB.-651/R.C.-106/2022; URB.-858.-M.E.B.-158/2021; y, D.T.M.-097/K.V.-18/2020, en respuesta a las solicitudes de 16 y “23” -lo correcto es 22- de febrero de 2023 (fs. 17).