SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0633/2025-S3

Fecha: 26-Jun-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Se tiene documento privado de alquiler con el respectivo reconocimiento de firmas y rúbricas de 19 de junio de 2015, mediante el cual se alquiló una tienda de propiedad de Máximo Bustamante Valdivia, ubicada en la avenida Simón López 2162, por un canon mensual de Bs2 100.-, con vigencia de un año forzoso y uno voluntario, -no constando la firma del arrendador- (fs. 2 a 3 vta.).

II.2.  Consta Acta Notarial de 3 de febrero de 2023, suscrita por la Notaría de Fe Pública 47, en la que se refiere que la Notaria se constituyó en la avenida Simón López, cerca del cruce Tiquipaya, lugar donde se encuentra la tienda de venta de carne de la accionante, señalando que esta no pudo acceder al local comercial debido a que los candados fueron cambiados (fs. 4 a 8).

II.3.  Consta fotocopia de Folio Real con Matrícula Computarizada 3.01.1.02.0051279 de 1 de diciembre de 2022, correspondiente al lote de terreno ubicado en la zona Linde sobre la avenida Simón López, con una superficie de 804,59 m², a nombre de Máximo Bustamante Valdivia (fs. 35).

II.4.  Se tiene fotostática de Escritura Pública 156/2021 de 12 de abril, correspondiente al trámite en la vía voluntaria del proceso sucesorio sin testamento, solicitado por los hijos María Lourdes Bustamante Ramírez de Andia, María Sonia Bustamante Ramírez de Tames, Enrique, René, Alberto, Nelson, Nancy, José Pastor, Deyci y José Max, todos Bustamante Ramírez al fallecimiento de sus padres Máximo Bustamante Valdivia y Salome Ramírez de Bustamante (fs. 36 a 50 vta.).