SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2025-S4
Fecha: 31-Jul-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Informe Final Convocatoria CBBA-ADM 06/2020 de 17 de marzo, emitido por la Comisión Calificadora del proceso de institucionalización de la Convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia, Convocatoria CBBA ADM-06/2020 PROFESIONAL III Y IV ADMINISTRACIÓN REGIONAL (UNIDAD JURÍDICA) ABOGADOS, que da cuenta de los resultados finales de notas (fs. 149 a 156).
II.2. Cursa Informe Final UR-TILCC/CBBA 007/2022 de 4 de abril, emitido por Stephanie Carolina Arce Zarco, Responsable de la Oficina Regional de T.I.L.C.C., de la CNS (fs. 118 a 148).
II.3. Cursa Memorándum JRRHH-M-264/2022 de 16 de mayo, mediante el cual, Rolando Néstor Herrera Gutiérrez, Administrador Regional a.i.; Humberto Aquino Núñez, Jefe de Servicios Generales II a.i.; y, Juan Carlos Ayala Palenque, “Enc. Un. ADM. Recursos Humanos a.i.” (sic), comunican a Ángelo Edson Mareño Zurita, hoy accionante, que en cumplimiento a Memorándum Cite A.D.R. 0356/2022, emitido por la Administración Regional de 16 de mayo del 2022 con referencia: “SUSPENSIÓN DE CONCURSO DE MÉRITOS Y EXAMEN DE COMPETENCIA N° ADM. CBA. 06/2020, PROFESIONALES III Y IV” (sic) y en cumplimiento a recomendación de Informe Final UR-TILLCC/CBBA 007/2022 de 4 de abril, emitido por la Responsable de la Oficina Regional de TILCC Stephanie Carolina Arce Zarco y conforme a la Nota de Recursos Humanos 697/2022 de 13 de mayo del 2022 en la que la parte de recomendaciones establece:” Se recomienda a su Autoridad suspender el Concurso de Méritos y Examen de Competencia N° ADM 06/2022-PROFESIONALES III Y IV…” (sic); por lo que, hace conocer la suspensión al citado Concurso de Méritos y Examen de Competencia CBBA ADM-06/2020 (fs.441). Asimismo, cursa Resolución Administrativa de Recurso de Revocatoria RARR 011/2022 de 3 de junio; mediante la cual, se confirma los Memorándums signados con CITES JRRHH-M262/2022, JRRHH-M263/2022 y JRRHH-M-264/2022 de 16 de mayo (fs. 548 a 573).
II.4. Cursa memorial presentado el 5 de julio del 2022, mediante el cual, Ángelo Edson Mareño Zurita, hoy accionante, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución Administrativa de Recurso de Revocatorio 011/2022, solicitando que se revoque dicha Resolución y quede sin efecto para que el proceso de la Convocatoria CBBA ADM-06/2020 continúe en cumplimiento a lo establecido por el art. 18 del Decreto Supremo (DS) 26115 de 16 de marzo de 2001 –Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal– y el art. 14 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal de la CNS, tomando en cuenta un informe final con la respectiva publicación de la lista de ganadores, donde se tiene como resultado que ha ganado el Ítem 4586, debiendo instruir al Administrador Regional para que la Unidad de Recursos Humanos, conforme a los arts. 42 inc. a) 43 inc. a) y g); y, el art. 49 del Estatuto Orgánico de la CNS, proceda a la elaboración de Memorándum y Movimiento de Personal para que sean remitidos a la Gerencia General y de manera formal se incluya en la planilla Presupuestaria con el Ítem correspondiente ( fs. 86 a 94).
II.5. Cursa Resolución Administrativa 137 de 27 de septiembre del 2022, mediante la cual José Luis Martínez Callahuanca, Gerente General de la CNS, resuelve el Recurso jerárquico, disponiendo anular obrados hasta la emisión de los MEMORANDUMS JRRHH-M262/2022, JRRHH-M263/2022 y JRRHH-M-264/2022, todos de 16 de mayo, considerándose los mismos como en el vicio más antiguo por ser vulneratorios a la garantía al debido proceso en su vertiente de fundamentación, motivación y congruencia, debiendo el Administrador Regional Cochabamba asumir decisiones claras y precisas en relación a las recomendaciones vertidas por la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, mediante INFORME FINAL UR TILCC/CBBA 007/2022 (fs. 72 a 73 vta.).