SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2025-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0700/2025-S3

Fecha: 08-Jul-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados se establece lo siguiente:

II.1.    Cursa Resolución (sin fecha) emitida por el Tribunal Disciplinario de la Comisión Regional de Postgrado del CRIDAI dentro el proceso disciplinario instaurado contra Katerine Marín Moscoso -ahora accionante-, residente de cuarto año de la especialidad en medicina crítica y terapia intensiva del Hospital Santa Bárbara, por la pérdida de fármacos de terapia intensiva “(REMDESIVIR 24 ampollas)”. Por el cual se le impuso la sanción de suspensión de quince días, dado que la médico residente no realizó la prescripción del medicamento, no está facultada para su dispensación y su uso esta a cargo de otro personal, por lo que, no es responsable por la tipificación de los arts. 7 y 8 del Reglamento de Funcionamiento de la Residencia Médica, en la parte in fine señalaron: “…Habiendo sobrepasado el tiempo racional para una sanción ya dentro del proceso, a la conclusión de los días de suspensión, se procederá a realizar el examen correspondiente a la Residente de cuarto año de la especialidad en Medicina Crítica y  Terapia Intensiva del Hospital Santa Bárbara, DRA. KATERINE MARÍN MOSCOSO, que será en cualquier Institución del Sistema de la Residencia Médica” [sic (fs. 4 a 10)].