SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2025-S3
Fecha: 17-Jul-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Auto Interlocutorio 169/2020 de 24 de mayo emitido por el Juzgado de Instrucción Penal Décimo Primero de la Capital del departamento de La Paz, por el que se dispuso la detención preventiva del ahora accionante (fs. 2 a 8 vta.)
II.2. Auto Interlocutorio 151/2020 de 23 de julio emitido por el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, por el que se ordenó la cesación a la detención preventiva (fs. 9 a 11 vta.)
II.3. Auto Interlocutorio 233/2022 de 6 de abril emitido por el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, de modificación a las medidas cautelares por el que la autoridad judicial otorgar al imputado con detención domiciliaria, salidas en horarios laborales (fs. 12 a 14 vta.)
II.4. Auto de Vista 830/2022 de 28 de noviembre emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz que dispuso revocar el Auto Interlocutorio 233/2022 que permitía las salidas laborales (fs. 15 a 19).