SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2025-S4
Fecha: 09-Jul-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa fotocopia -borrosa- de Credencial emitida por el Ministerio de Salud del Estado Plurinacional de Bolivia, en el cual se establece que Omar Javier Condori Mita -ahora accionante-, contaría con una discapacidad auditiva moderada (fs. 3).
II.2. Mediante memorial presentado el 30 de mayo de 2017, al Juzgado Público Civil y Comercial de turno, Rodolfo Choque Bustos - hoy tercero interesado- interpuso demanda ordinaria de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble (fs. 147 a 153 vta.); mismo que siendo corrido en traslado por el Juez Público Civil y Comercial Segundo de El Alto, fue respondido por Brizaida Soledad Vargas Huayraña mediante memorial presentado el 9 de octubre de 2017 (fs. 155 a 159 vta.).
II.3. Por Sentencia 192/2018 de 20 de abril, el Juez Público Civil y Comercial Segundo de El Alto del departamento de La Paz, declaró probada la demanda del tercero interesado, y siendo esta apelada, fue confirmada por Auto de Vista S-185/2019 de 10 de abril (fs. 161 a 165 vta.).
II.3. Mediante proveído de 19 de septiembre de 2019, Rolando Severo Solíz Plata, Juez Público Civil y Comercial Quinto de El Alto del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar segundo, ordenó notificar Mandamiento de desapoderamiento a Brizaida Soledad Vargas Huayraña y “…asimismo a los posibles ocupantes y poseedores, para que en el TÉRMINO DE 10 DÍAS desocupen de forma voluntaria el bien inmueble…” (sic); a tal efecto, Rosmery Tarqui Lecoña, Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo de El Alto del departamento de La Paz, cumplió lo ordenado en relación a los ocupantes- a horas 10:15 del 11 de octubre de 2019, pegando en el portón del inmueble la señala Resolución judicial, según consta en placas fotográficas y formulario de notificaciones (fs. 169 a 172).
II.4. Mediante proveído de 13 de julio de 2020, Kennia Ninoska Gutiérrez Andaluz, Jueza Pública Civil y Comercial Séptima de El Alto del departamento de La Paz, en suplencia legal de su similar segundo, ordenó librarse el Mandamiento de desapoderamiento a Brizaida Soledad Vargas Huayraña y a los ocupantes del inmueble objeto de la demanda “…encomendándose su ejecución y cumplimiento a la Srta. Oficial de Diligencias del Juzgado sea con la ayuda de la fuerza pública si fuere necesario y en caso de resistencia sea con allanamiento y ruptura de chapas y candados…” (sic); a tal efecto, Rosmery Tarqui Lecoña, Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial Segundo de El Alto, notificó esta resolución -en relación a los ocupantes-, a horas 14:20 del 22 de septiembre de 2020, señalando en su informe que, inicialmente fue atendida por una persona, quien ingresando al mismo y al no responder por más de diez minutos, pegó la mencionada resolución en el portón del inmueble, tendiendo como testigo de este acto procesal a José Humerez con Carnet de Identidad 8282597 (fs. 174 a 176).
II.5. Por memorial presentado el 2 de octubre de 2020 al Juzgado Público Civil y Comercial Segundo de El Alto, Justina Mita Marca, interpuso incidente de oposición al Mandamiento de desapoderamiento de 13 de julio del mismo año, alegando entre otros, encontrase en representación de sus hijos, Diego, Brayan, Omar Javier, Jessica, Erika, Kevin, Alan Cristian, Desirre Iris, Leymi Eliana y Gael Miler, todos Condori Mita, acompañando además sus certificados de nacimiento (fs. 177 a 179); mismo –incidente de opción– que fue rechazado por Auto Interlocutorio 721/2021 de 7 de septiembre (fs. 181 a 182 vta.); lo que mereció recurso de reposición con alternativa de apelación, presentado por Justina Mita Marca al mismo Juzgado el 27 de septiembre de 2021 (fs. 183 a 185)
II.6. Cursa Mandamiento de desapoderamiento, de 13 de junio de 2022, emitido por Rubén Remberto Quispe Flores, Juez Público Civil y Comercial Segundo de El Alto del departamento de La Paz, ordenado se proceda en día y hora hábil a la desocupación y desapoderamiento del “…terreno ubicado en la carretera La Paz – Oruro, Altura Senkata esquina Avenida Periférica y Ubinas de la ciudad del El Alto…” (sic [fs. 201]).
II.7. Mediante informe de 29 de agosto de 2022, emitido por Ernesto Medina Gonzales, Jefe Operativo Servicio Extraordinario y dirigido a Gunther Luis Agudo Mendoza, Comandante de la Policía Nacional de El Alto del departamento de La Paz, hizo conocer que, en cumplimiento a la orden de operaciones 174/2022 “MANDAMIENTO DE DESAPODERAMIENTO” emitida por el Juez Público Civil y Comercial Segundo de El Alto del departamento de La Paz, el 26 de agosto de 2022, se procedió al desapoderamiento del inmueble, culminándose el mismo a horas 18:35 aproximadamente del mismo día, desapoderamiento en el que participaron: i) Rodolfo Choque Bustos, Demandante; ii) Alejandro Nava Morales, Oficial de Diligencias; iii) Micaela “M.” Ordoñez Arteaga de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia; iv) Alejandro Gonzales Jiménez de la Unidad del Adulto Mayor del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; v) Graciela “M.”Huanca Flores de la Unidad “POFOMA”; vi) Ramiro Javier Sanga, Notario de Fe Pública 31; y, vii) Ramiro Cárdenas Céspedes abogado del demandante (fs. 188 a 192).