SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2025-S3
Fecha: 05-Ago-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa imputación formal presentada el 27 de julio de 2023, contra Venancio Escobar Andia -ahora accionante-, por la presunta comisión del delito de abuso sexual con agravante de que la víctima es niña, niño o adolescente, en la que se solicitó la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz (fs. 1 a 5 vta.).
II.2. Consta acta de audiencia de consideración de medidas cautelares y el Auto 148, ambos de 29 de julio de 2023, que dispuso la detención preventiva del imputado ahora accionante en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz, por el lapso de seis meses (fs. 14 a 26 vta.).
II.3. Diego Vladimir Campero García, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz -ahora demandado-, libró el mandamiento de detención preventiva contra el accionante el 29 de julio de 2023, en el que se consigna el Auto 148 que dispuso la aplicación de dicha medida cautelar de carácter personal (fs. 27).