SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0932/2025-S1
Fecha: 13-Ago-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/23 de 7 de marzo de 2023, cursante de fs. 54 a 56 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, en suplencia legal del Juzgado de Pérdida de Dominio Primero de la Capital de ese departamento; y, en consecuencia:
CORRESPONDE ALA SCP 0932/2025-S1 (viene de la pág. 10).
1° CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos dispuestos por el Juez de garantías y conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° Exhortar a Esteban Jáuregui Navajas, Director de la Clínica de Emergencias “CARDENAL MAURER” de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, para evitar se reitere la retención ilegal de pacientes con objeto de cobrar los servicios médicos prestados, bajo advertencia que en lo sucesivo, en caso de reincidencia se remitirán antecedentes ante el Ministerio Público.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dra. Amalia Laura Villca
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIÓN
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores.
- I. El Estado adoptará políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades.
- POR TANTO
- MAGISTRADA