Fragmento 4

         En vista de la reincidencia del Tribunal de Amparo en las irregularidades señaladas, por las cuales se le llamó la atención en tres oportunidades, se  dispone el envío de antecedentes al Consejo de la Judicatura para fines del artículo 123-3ª de la Constitución, en aplicación del artículo 103 de la Ley Nº 1836.