improcedente
Que en el caso de autos, el fiscal recurrido al no tener intervención en el levantamiento de las diligencias de policía judicial, no ha atentado en contra de la libertad de la recurrente, por lo que el Juez Quinto de Partido en lo Penal de La Paz, al declarar improcedente el recurso, ha dado cabal aplicación a los Arts. 18 de la Constitución Política del Estado y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional.
