Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 282/99 - R
Fecha: 28-Oct-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del art. 19-IV y 120 7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836, APRUEBA en revisión la resolución de fs. 137 y 138 de fecha 29 de septiembre de 1999, pronunciada por la Sala Primera Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de La Paz.