Auto Constitucional N° 319/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Auto Constitucional N° 319/99-R

Fecha: 12-Nov-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª, de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836,  APRUEBA  la resolución revisada de 6  de octubre de 1999, cursante de fojas 72 a 74 de  obrados, debiendo el Tribunal de Amparo aplicar el Art. 102-II de la ley N° 1836, en lo que a reparación de daños y perjuicios se refiere.