AUTO CONSTITUCIONAL N° 321/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 321/99-R

Fecha: 12-Nov-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley No. 1836,  APRUEBA el fallo elevado en revisión de 25 de octubre de 1999, debiendo aplicarse el artículo 102-III de la Ley No. 1836.