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    AUTO CONSTITUCIONAL Nº 336/99- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL Nº 336/99- R

    Fecha: 18-Nov-1999

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    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO:
    • procedente
    • no es jurídicamente admisible que al imputado se le reciban dos declaraciones indagatorias, dado que aquello iría en contra de los derechos del mismo a concluir el trámite de la instrucción dentro de los veinte días del sumario.
    • Fragmento 5
    • POR TANTO:

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