AUTO CONSTITUCIONAL Nº 345/99- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 345/99- R

Fecha: 19-Nov-1999

Procedente

Que, con estos antecedentes, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, en desacuerdo con el requerimiento fiscal, pronuncia Resolución N° 578 de fecha 28 de octubre de 1999 cursante de fs. 148-150, declarando Procedente el recurso con el fundamento de que los recurridos han procedido erróneamente al revocar el fallo del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, toda vez que no existe materia justiciable para proseguir con esa actuación penal, por lo que se ha cometido el procesamiento indebido; esa resolución es objeto de la presente revisión.