Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL N° 361/99 -R
Fecha: 26-Nov-1999
Fragmento 5
Se llama la atención del Tribunal de Habeas Corpus por no haber dado cumplimiento al artículo 91-I de la Ley Nº 1836, sobre el plazo de 24 horas para realizar la audiencia pública, ni a los artículos 18-III de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, referentes al plazo para remitir el expediente en revisión.