AUTO CONSTITUCIONAL No. 293/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 293/99 - R

Fecha: 01-Nov-1999

improcedente

2.  Luego de la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz dicta la resolución de fs. 27 vta. a 28 de obrados, que motivan la revisión, declarando improcedente el recurso, con costas, fundándose en que el Fiscal recurrido ha procedido de acuerdo a ley, y que la decisión para devolver el vehículo incautado corresponde al Tribunal llamado por ley.