AUTO CONSTITUCIONAL No. 315/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 315/99 - R

Fecha: 10-Nov-1999

Tercero:

Concluye la autoridad recurrida, manifestando que las recurrentes son autoras materiales del delito de estafa, o sea Cristina Viviana Seiwald de Nuñez y Nelly Modesta de Nuñez, por lo que indica que en ningún momento ha cometido los delitos que le atribuyen ellas y pide se declare improcedente el temerario recurso de Habeas Corpus deducido por las querrelladas (recurrentes), y se aplique el art. 91.VI de la Ley del Tribunal Constitucional.

A su vez, la autoridad judicial recurrida, Jueza 10ª de Instrucción en lo Penal Dra. Eliana Melgar de Mercado, informó que se excusó del conocimiento de la causa penal seguida contra Roberto Isaac Nuñez Méndez y remitió el expediente al juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, sin haber dictado ninguna medida jurisdiccional.  Por su parte la Dra. Melfi Saucedo Chávez, Jueza 1ra. de Instrucción, autoridad igualmente recurrida expresa que el expediente ingresó a su despacho el 20 de octubre de 1999 sin que haya tomado conocimiento del mismo, teniendo, además, plazo para dictar el respectivo auto.  Pide igualmente se declare improcedente el recurso.