Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL N° 380/99 - R
Fecha: 02-Dic-1999
CONSIDERANDO:
1) La querella contra el recurrente fue presentada el 6 de Agosto de 1998; el auto inicial es de 23 de Noviembre de 1998 y el auto final de Instrucción es de 16 de Junio de 1999, de suerte que la ley Nº 1768 de Modificaciones al Código Penal, que entró en vigencia el 10 de marzo de 1997, no ha sido aplicada retroactivamente, como lo afirma el recurrente.
2) El caso de corte que establece el artículo 265 del Código Penal se refiere a los delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, y no a los delitos comunes, como lo aclara el mismo artículo; delitos comunes que son materia de la querella sustanciada contra el recurrente.