Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 406/99 - R
Fecha: 10-Dic-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120.7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836, REVOCA la resolución venida en revisión de 15 de noviembre de 1999 (fojas 6 y 6 vuelta) y declara PROCEDENTE el recurso disponiendo se ponga en libertad de inmediato al recurrente, mientras se reparen los defectos legales y se lo someta a la jurisdicción de los Jueces de Sustancias Controladas, de acuerdo al art. 18-III de la Constitución Política del Estado; debiendo el Tribunal de Habeas Corpus aplicar lo dispuesto por el art. 91-VI de la Ley Nº 1836.