AUTO CONSTITUCIONAL 013/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 013/99 - R

Fecha: 14-Jul-1999

improcedente

Que la Corte Superior de distrito luego de oída la exposición de las partes y la opinión del fiscal, declara improcedente el recurso de Amparo Constitucional, mediante auto de 9 de junio del año en curso, fundando su fallo en "que el auto que resolvió la compulsa planteada por el recurrente se encuentra en revisión ante la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del Art. 19.IV de la Constitución Política del Estado, Art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional y Art. 765 del Código de Procedimiento Civil, que determinan que no procede el recurso de amparo contra las resoluciones judiciales respecto a los cuales la ley le concediere algún recurso o medio de defensa por virtud del cual pudieran ser revocados, modificados y contra las resoluciones que por ley debieran ser revisados de oficio".