AUTO CONSTITUCIONAL 030/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 030/99 - R

Fecha: 23-Jul-1999

POR TANTO:

POR TANTO: Siendo innecesarias otras consideraciones de orden legal, el Tribunal Constitucional dispone la devolución del expediente a la Corte de Distrito de origen para que dicte el fallo correspondiente sujetándose a las formalidades legales y prácticas establecidas en los recursos de amparo, para que este Tribunal se pronuncie en revisión.