Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 001/99
Fecha: 28-Jul-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120 -6ª de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley No 1836, declara INFUNDADO el recurso directo de nulidad de fojas 46 a 50 con costas y una multa de bolivianos Un Mil (Bs.1.000), conforme al artículo 85-1) de la Ley No 1836, multa que el recurrente debe depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de tres días de su notificación con la presente resolución.