procedente
3. Que, el Juez de Hábeas Corpus, luego de la compulsa de antecedentes declara procedente el recurso con el argumento de ser evidente la violación de principios constitucionales y normas procesales que rigen la materia al existir detención prolongada del recurrente, sin que la remisión de diligencias de policía judicial ante la Corte Superior enerve ni desvirtúe el acto ilegal.
