AUTO CONSTITUCIONAL N° 124/99-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 124/99-R

Fecha: 09-Sep-1999

2. -

2. -    Admitida la demanda, el juez fija audiencia pública para el 29 de junio a horas 15 y 30 la que no se efectúa por haberse excusado el juez. Sin embargo y luego de haberse tramitado dicha excusa, la causa queda nuevamente radicada en el mismo juzgado, de manera que se fija, a fs. 292 vlta. ,  nuevamente audiencia pública para el día 29 de julio a horas 16:00. Realizada la misma, la parte recurrente mediante sus abogados manifiesta que le corresponde al Prefecto del Departamento de Tarija entregar a UCABSA un saldo o remanente del 1% de acciones a dicha empresa para que se complete el 50% de su participación accionaria.