Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 137/99 - R
Fecha: 15-Sep-1999
POR TANTO
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del Art. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley 1836, REVOCA, la resolución venida en revisión de fs 63 a 66 de 17 de diciembre de 1998 y declara IMPROCEDENTE el recurso de Amparo.