AUTO CONSTITUCIONAL No. 121/99 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL No. 121/99 - R

Fecha: 09-Sep-1999

APRUEBA

Se recomienda al Tribunal de Amparo de la Corte Superior del Distrito de La Paz, cumplir con los plazos señalados por el art. 19 de la Constitución y tomar en cuenta en sus fallos las derogaciones que hace la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, referentes a los artículos del Código de Procedimiento Civil, y se le llama la atención por una injustificada como excesiva dilación en el trámite de la causa.