Que, en el recurso de fjs. 212 a 214 vta. de obrados, el impetrante Rafael Zelaya Cuellar, manifiesta que los Concejales de General Saavedra, Capital de la Segunda Sección de la Provincia Obispo Santiesteban del Departamento de Santa Cruz, mediante R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Que, en el recurso de fjs. 212 a 214 vta. de obrados, el impetrante Rafael Zelaya Cuellar, manifiesta que los Concejales de General Saavedra, Capital de la Segunda Sección de la Provincia Obispo Santiesteban del Departamento de Santa Cruz, mediante R

Fecha: 06-Sep-1999

POR TANTO:

Se reitera la llamada de atención a la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, porque en el proceso no se han seguido las formalidades legales establecidas en el Art. 48 de la Ley 1836, pues no existe propiamente un fallo, no se han cumplido los plazos procesales y por las citas legales imprecisas en su fundamentación, señalándose artículos que se encuentran derogados por la Ley 1836 y 1979.