SENTENCIA CONSTITUCIONAL 031/00 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 031/00 - R

Fecha: 14-Ene-2000

POR TANTO:

          POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la Constitución Política del Estado REVOCA el fallo elevado en revisión, pronunciado por el Juez Séptimo de Partido en lo Penal de la ciudad de La Paz de fs. 61 - 63 que lleva fecha 5 de noviembre de 1999 y declara PROCEDENTE el recurso disponiéndose la libertad del recurrente y el archivo de obrados.

Se llama la atención al Tribunal de Hábeas Corpus por incumplir los plazos establecidos por el art. 18 de la Constitución Política del Estado y 91 de la Ley del Tribunal Constitucional, pues se fija la audiencia a las 48 hrs. de la presentación del recurso; de igual forma no se ha cumplido con el plazo de 24 hrs. para la remisión del proceso, señalado por el art. 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, el que ha sido enviado en revisión a este Tribunal con 15 días de retraso.