Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 073/00 - R
Fecha: 26-Ene-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la Constitución Política del Estado, APRUEBA el fallo dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, cursante a fs. 54 a 55 de obrados, con la modificación de que deben ser excluidos de la medida de detención preventiva los demás recurrentes antes mencionados, mientras no se cumpla con los requisitos y formalidades legales.