SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 040/2000 - R
Fecha: 18-Ene-2000
CONSIDERANDO:
1. En su demanda de 24 de Noviembre (fojas 16 y 17) Luciano Quispe Choque dice que su hijo Regino Quispe Apaza ha sido calumniado por su padrino Sebastián Huanca de haberle hurtado Bs. 3.800.-, habiéndolo “detenido” entre varias personas y a “golpes, puñetazos y puntapiés” lo obligaron “a reconocer tal hecho que no ha sucedido por lo menos con relación a mi hijo”. Prosigue diciendo que “en un principio hemos cancelado un monto de Bs. 1.000, pero luego, efectuando las consultas y orientaciones del caso, hemos podido cerciorarnos que no podíamos responder por dineros que no debemos”, por lo que han acudido ante el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Civil de la ciudad de La Paz pidiendo “la exhibición del documento suscrito con vicios del consentimiento”, en base al cual van a presentar una demanda ordinaria de nulidad; sin embargo -agrega- el acreedor ha presentado denuncia ante la P.T.J. de El Alto, y otra ante la Policía Provincial de Tiahuanacu, por el mismo delito de hurto, donde le hacen citar, “aunque en ningún momento el representante del Ministerio Público ha requerido declinatoria de competencia a dicha provincia Ingavi”.
2. En la audiencia realizada el 10 de Diciembre (fojas 36 a 39), el apoderado del recurrente ratifica su demanda y dice que no tiene nada que ampliar. Por su parte el Sargento Paulino Zanga, investigador del caso, dice que el caso fue pasado el 25 de Octubre a la Jefatura Policial del Cantón Tiahuanacu; que Regino Quispe no ha sido detenido ni un día; que éste “acepta haber sustraído tan solo 1.800 bolivianos, y de forma voluntaria el soldado se comprometió frente a su Comandante a venir a prestar su declaración ampliatoria en Tiahuanacu, cosa que seguimos esperando”. Con la palabra el Fiscal, dice que “no existe persecución indebida ni proceso indebido”, por lo tanto, -agrega- debe declararse improcedente el Recurso.
1) El hijo del recurrente, Regino Quispe Apaza, reconoció en el documento de fojas 7 haber hurtado a Sebastián Osco la suma de tres mil ochocientos bolivianos, que se comprometió a devolver juntamente con sus padres; y el Informe en Conclusiones sobre Diligencias de Policía Judicial (fojas 46 a 51), suscrito por el Investigador Paulino Zanga Luna, le sindica como autor de ese delito “por suficientes indicios de culpabilidad”.
2) No se ha probado que dicho documento (de fojas 7) haya sido obtenido por presión física, “a golpes, puñetazos y puntapiés”, como dice la demanda; por el contrario, el recurrente y su hijo han cancelado la suma de Bs. 1.000.- en reparación del hecho reconocido por ellos en ese documento, según declaración del propio recurrente en la demanda.