Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 063/2000 - R
Fecha: 25-Ene-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley Nº 1836 REVOCA la Sentencia de fojas 8 vuelta a 9, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz y declara PROCEDENTE el Recurso, debiendo el Tribunal competente dar estricto cumplimiento al art. 7 de la Ley Nº 1685, como condición previa para otorgar la libertad al recurrente.